Estos Términos y Condiciones Generales (en adelante, Irislab) regulan la recepción y gestión de aportes de dinero realizados por personas naturales o jurídicas (el "Aportante") a Computación e informatica Diego Pereira Sanchez EIRL (la "Empresa"), con el objetivo de financiar la cobertura de exámenes y servicios de salud a terceros ("Beneficiarios").
1.1. Objeto: Los Aportes tienen como único destino la financiación de servicios de diagnóstico y exámenes médicos que la Empresa presta a Beneficiarios que califiquen bajo sus criterios internos de vulnerabilidad socioeconómica.
1.2. Aceptación: La realización de cualquier Aporte implica la aceptación total e incondicional de los presentes Irislab, de la Política de Recepción y Gestión de Aportes Voluntarios de la Empresa, y de la legislación vigente en Chile.
2.1. Carácter del Aporte: El Aporte es un acto voluntario, gratuito, no condicional e irrevocable (donación).
2.2. Empresa con Fines de Lucro: El Aportante reconoce que la Empresa es una entidad con fines de lucro y, por lo tanto, NO es una entidad receptora de donaciones calificada para efectos de la mayoría de las leyes especiales de donaciones en Chile.
2.3. Exclusión de Beneficio Tributario: El Aportante acepta expresamente que el Aporte NO le otorga derecho a ningún tipo de beneficio tributario en Chile. Específicamente, el monto:
* No es deducible de la Renta Líquida Imponible (RLI) ni de la Base Imponible del Impuesto Global Complementario.
* No da derecho a crédito tributario alguno.
2.4. Riesgo de Gasto Rechazado: Si el Aportante es una persona jurídica, acepta el riesgo de que el monto aportado sea calificado como Gasto Rechazado conforme al Artículo 21 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), debiendo asumir los impuestos y recargos que de ello se deriven.
2.5. Formalidades Legales: El Aportante está en conocimiento de que el Aporte podría estar afecto al Impuesto a las Donaciones (Ley N° 16.271) y al trámite de Insinuación Judicial (Art. 1401 del Código Civil) en caso de superar el límite legal. El Aportante exime a la Empresa de la responsabilidad de gestionar estos trámites por cuenta del Aportante.
3.1. Destino Específico: La Empresa garantiza que el Aporte será utilizado única y exclusivamente para cubrir los costos directos de los exámenes de los Beneficiarios seleccionados.
3.2. Selección de Beneficiarios: La Empresa seleccionará a los Beneficiarios de manera objetiva y no discriminatoria, aplicando sus propios criterios de vulnerabilidad socioeconómica. La Empresa se reserva el derecho de seleccionar a los Beneficiarios sin necesidad de consulta o aprobación previa del Aportante.
3.3. No Devolución: Bajo ninguna circunstancia, incluyendo la terminación del programa o la imposibilidad de utilizar la totalidad de los fondos en un período determinado, el Aportante tendrá derecho a solicitar la devolución o restitución del monto aportado.
4.1. Rendición de Cuentas: La Empresa se compromete a elaborar un Informe Anual de Transparencia, publicado en su sitio web, que detallará el monto total de Aportes recibidos y el uso dado a dichos fondos (número de Beneficiarios y servicios cubiertos).
4.2. Publicidad del Aporte: Salvo que el Aportante marque expresamente la opción de anonimato en el Formulario de Aporte, la Empresa podrá incluir el nombre o razón social del Aportante y el monto de su contribución en dicho Informe Anual.
5.1. Legislación Aplicable: Estos Irislab se rigen por las leyes de la República de Chile.
5.2. Resolución de Conflictos: Cualquier dificultad o controversia que se genere entre el Aportante y la Empresa respecto de la aplicación, interpretación, validez o cumplimiento de estos Irislab será resuelta por los Tribunales Ordinarios de Justicia de la comuna de Santiago.
Computación e informatica Diego Pereira Sanchez EIRL